
Para el desarrollo de esta mesa de análisis se tuvo la participación del Dr. Moisés Herrera Saldaña, director General de Prevención del Delito y Participación Social de la Secretaría de Seguridad, Prevención y Protección Ciudadana de León; el Mtro. Miguel Alejandro Castillo Gutiérrez, abogado litigante en materia civil y mercantil, especializado en Oralidad Familiar, con experiencia en atención a Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en instituciones de educación y capacitador en Derechos Humanos; el Mtro. Emilio Calderón Rangel, docente en la Universidad Iberoamericana León y en la Universidad de Estudios Profesionales de Ciencias y Artes, así como la moderación del Prof. Juan Carlos Torres Velázquez, Coordinador Académico de diversas licenciaturas en la Universidad EPCA.
CONTEXTUALIZACIÓN DEL TEMA
El Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública da una definición de lo que es la incidencia delictiva que sería: La incidencia delictiva se refiere a la presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por las Procuradurías de Justicia y Fiscalías Generales de las entidades federativas. (2024)
Uno de los principales problemas en América Latina es la delincuencia juvenil, pues implica un gasto social y económico para cualquier sociedad, toda vez que genera costos por los servicios públicos de salud mental, justicia y educación especial. El problema de la delincuencia se ha analizado a través de distintos enfoques caracterizados sobre todo por la fragmentación, pues cada disciplina ha impreso su punto de vista, sin que se hayan integrado los avances alcanzados en los ámbitos de las ciencias sociales, las penales y la salud pública. Es importante tratar la delincuencia juvenil de hoy como posible delincuencia adulta de mañana, (Salazar, Torres, Reynaldos, Figueroa & Araiza, 2011).
En datos del diagnóstico de las y los adolescentes que cometen delitos graves en México, se analizó la situación de adolescentes en conflicto con la ley, de las entidades de Coahuila, Hidalgo, Morelos y Sinaloa, arrojando como resultado que el 35% de los adolescentes fue acusado por robo con violencia, el 22% por homicidio, el 17% por portación de armas prohibidas, el 15% por robo de vehículo, el 15% por secuestro y 10% por delitos contra la salud y por delincuencia.
Las anteriores conductas son parte del alto índice de violencia que vive nuestro país. La Organización Mundial de la Salud clasifica a la violencia en tres categorías generales, de acuerdo con las características de la persona que comete el acto, las cuales a su vez se subdividen en los siguientes tipos de violencia más específicos:
- Violencia autoinfligida: comprende el comportamiento suicida y las autolesiones.
- Violencia interpersonal: se divide en violencia familiar o de pareja, y violencia comunitaria.
- Violencia colectiva: se divide en violencia social, violencia política y violencia económica. (Mendoza Mora, Carlos y Aguilar Sánchez, Óscar, 2015)
Entonces en un análisis profundo de la etiología de la delincuencia juvenil nos indica que este fenómeno es con frecuencia una respuesta personal a una agresión social. La sociedad ha negado al joven algo que le era necesario. La culpa del delito debe ser repartida entre la sociedad y el delincuente. La violencia viene a ser una respuesta a ese vacío existencial que experimenta la juventud, es el efecto personal y colectivo de una reproducción social más profunda y más grave. (Jimenez, R. 2005)
En algunos jóvenes, la delincuencia es algo transitorio, utilizado para llamar la atención a falta de autodominio, mientras que para otros se convierte en norma de vida. Cuanto más joven sea el delincuente, más probabilidades habrá de que reincida, y los reincidentes, a su vez, son quienes tienen más probabilidades de convertirse en delincuentes adultos. Como se mencionaba anteriormente.
La delincuencia juvenil alcanza, de ordinario, su punto máximo entre los 13 y 15 años de edad; pues, es un periodo en el cual el menor tiende particularmente a relacionarse con los otros chicos de su edad. Las actividades ilegales que desarrollan jóvenes se manifiestan más agudamente en la adolescencia, cuando el joven está más capacitado para realizar acciones por cuenta propia. La influencia del medio en el desarrollo de la delincuencia juvenil es también muy importante, los niños colocados en un medio muy pobre o que viven en condiciones difíciles están fuertemente tentados de descifrar su existencia por el robo o por la búsqueda de consolaciones dudosas. Por lo tanto, la delincuencia juvenil en México es básicamente un problema social que no se resuelve con mayor represión ni mucho menos disminuyendo la edad penal. El crecimiento de la delincuencia en un país depende de su desarrollo económico, del nivel de vida de la sociedad y de la interrelación de estos factores con sus condiciones culturales y educativas. El carácter de esta interrelación puede provocar anomia y, por ende, la ruptura de la cohesión social y familiar, lo cual aumenta la incidencia del delito en los sectores juveniles. Lo anterior apegándose a una hipótesis de mayor bienestar social. (Jimenez, R. 2005)
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó la edición 2022 de la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal (ENASJUP). Esta segunda edición se realizó con el propósito de conocer información estadística sobre las características sociodemográficas de las personas adolescentes que están en el sistema, así como su situación jurídica, los delitos, procesos, medidas cautelares, mecanismos y salidas alternativas, así como ejecución de medidas de sanción no privativas y privativas de la libertad. (2023, INEGI).
En México se llevaron a cabo tres reformas constitucionales determinantes en la justicia para adolescentes: en 2005, la del artículo 18 que definió las bases del sistema integral de justicia para adolescentes; en 2008, la del artículo 20 que establece el modelo acusatorio para los procesos penales, y en 2011 la de derechos humanos que incorporó de manera transversal el principio pro persona. El principio pro persona se refiere a que en caso de que un juez o autoridad tenga que elegir qué norma aplicar a un determinado caso, deberá elegir la que más favorezca a la persona, sin importar si se trata de la Constitución, un tratado internacional o una ley (Secretaría de Gobernación, 2016).
Es importante saber que la justicia está capacitada para tratar la incidencia delictiva juvenil, también conocer cuál es la sanción que les corresponde respecto a la falta cometida y a su edad correspondiente, por lo tanto, el sistema de justicia integral para adolescentes garantiza los derechos humanos reconocidos en la Constitución, se manifiesta que el proceso en materia de justicia penal para adolescentes deberá ser acusatorio y oral, así como las instituciones, tribunales y autoridades en materia de procuración de justicia deberán ser especializados en justicia para adolescentes. La medida de internamiento deberá ser utilizada como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, misma que podrá ser aplicada únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad. (Guerrero, Flores, 2023).
PROPUESTAS Y ALTERNATIVAS DE EXPERTOS
El maestro Emilio Calderón uno de los ponentes de esta mesa de análisis da considerar que la delincuencia es multifactorial; que sin embargo, la concepción que se tiene sobre la ocurrencia de este fenómeno se limita a factores individuales familiares y en ocasiones culturales o sociales. Citando el Manual de Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales V; los trastornos disruptivos, del control de los impulsos y de la conducta se dan más en la infancia y adolescencia. El maestro Emilio da un ejemplo de ello como es el trastorno negativista desafiante; y de acuerdo a la sintomatología presentada se especifica la gravedad en leve, moderado o grave. Los factores asociados son en familias donde el trato de los cuidadores suele ser severo, inconstante o negligente en la crianza de los niños.
También un factor que influye en las infancias y adolescencias que desarrollan una conducta delictiva es la violencia adultista, que citando a la UNICEF se refiere a ¨cualquier comportamiento, acción o lenguaje que limita o pone en duda las capacidades de los adolescentes por el solo hecho de tener menos años de vida que un adulto.¨ Por lo tanto al negarles su condición como sujetos de derechos, este tipo de violencia considera que las personas adultas pueden disponer de las opiniones, cuerpos y voluntades de las niñas, niños y adolescentes. Por lo cual la Suprema Corte de la Justicia de la Nación desde la perspectiva de infancia pide que deben:
- Ser escuchados dentro del procedimiento jurisdiccional.
- Las autoridades judiciales deben proveer la mejor forma de interactuar con infantes y adolescentes y alcanzar su libre opinión de acuerdo con su edad y grado de madurez, pero no rechazar la escucha sólo argumentando su temprana edad.
El profesor Miguel Alejandro en su ponencia también nos habla de factores de riesgo y vulnerabilidad infantil que se desarrollan categorías y subcategorías que pueden desarrollar comportamientos delictivos en infantes y adolescentes, pero nos da una propuesta para la prevención del delito como lo es contar con un programa de Prevención del Delito que contribuye a identificar las causas y los factores de riesgo asociados con la violencia y la delincuencia, además de diseñar proyectos que contribuyan a su prevención y mitigación con base en datos y evidencia, que como objetivo tiene:
- La reducción de la delincuencia juvenil y la promoción de la rehabilitación y reintegración social de las personas privadas de la libertad.
La población en riesgo a la que se enfoca la prevención: el número de niñas, niños ya adolescentes vulnerables o que no asisten a la escuela o se encuentran en condición de ocupación o tienen un estado conyugal distinto a la soltería ascendió a alrededor de casi 4.0 millones de personas, lo que representó 10.4% de la población total de niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años en 2020.
El Dr. Moisés presentó los posibles delitos que pueden cometer los infantes o adolescentes como lo son: la posesión de cristal, posesión de cannabis y posesión de cocaína. También las posibles faltas administrativas como: ingerir bebidas alcohólicas en espacios públicos, consumir drogas en lugares públicos o conducir en estado de ebriedad.
CONCLUSIONES
La mesa de análisis número 7 nos presenta el tema de la prevención del delito en las etapas tempranas de su vida en infancias y adolescencias, para así poder evitar futuros problemas con la delincuencia o con adultos que sean difíciles de reintegrar a la sociedad. Pero también se busca no criminalizar a estas infancias y adolescencias puesto que son personas por lo general se encuentran en estado vulnerabilidad, el Estado, en este caso el municipio se tiene que hacer responsable e implementar estrategias para evitar que las personas no caigan en esas acciones o situaciones, al igual como sociedad no se puede ser indiferente para con las personas que necesitan ayuda y orientación en su vida, proporcionarles la confianza de pedir ayuda.
BIBLIOGRAFÍA
Instituto Nacional de Estadística y Geografía, (2023), Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal 2022, INEGI, 1-44 recuperado 2024 junio 18 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ENASJUP/ENASJUP2022.pdf
Guerrero, L. Flores, J. (2023) Una muestra de interacción entre la gobernanza, la gobernabilidad y la delincuencia juvenil en México, Capítulo segundo la delincuencia juvenil en México, recuperado 2024 junio 18 https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/15/7174/4.pdf
Organización Mundial de la Salud (2023), Violencia Juvenil, recuperado 2024 junio 18 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/youth-violence
Salazar-Estrada, José Guadalupe, Torres-López, Teresa Margarita, Reynaldos-Quinteros, Carolina, Figueroa-Villaseñor, Norma Silvia, Araiza-González, Andrea. (2011). Factores asociados a la delincuencia en adolescentes de Guadalajara, Jalisco. Papeles de población, 17(68), 103-126. Recuperado en 24 de junio de 2024, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-74252011000200005&lng=es&tlng=es.
Secretaría de Gobernación, 2016, “¿En qué me beneficia el principio pro persona?”, recuperado 04 de julio de 2024 https://www.gob.mx/segob/articulos/en-que-me-beneficia-el-principio-pro-persona#:~:text=El%20principio%20pro%20persona%20se,tratado%20internacional%20o%20una%20ley.
Jiménez Ornelas, René Alejandro. (2005). La delincuencia juvenil: fenómeno de la sociedad actual. Papeles de población, 11(43), 215-261. Recuperado en 04 de julio de 2024, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-74252005000100009&lng=es&tlng=es.
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